Reforma tributaria y la trazabilidad de las exportaciones mineras

Seminarios con la Cámara de Comercio de Santiago, con la Sociedad de Fomento Fabril (SOFOFA) y con la Sociedad Nacional de Minería (SONAMI)  para exponer procedimientos relativos a la trazabilidad de las exportaciones mineras a estado realizando el Servicio Nacional de Aduanas (SNA),  quienes en conjunto con la Comisión Chilena del Cobre (Cochilco) participaron la última semana de julio en las oficinas de la SONAMI para interactuar con ejecutivos del sector cuprífero. En la apertura del seminario «Reforma Tributaria, implementación e implicancias en las exportaciones mineras», el subsecretario de Hacienda Sergio Micco destacó algunos aspectos en que en el gobierno «entendemos que en el proceso de la Reforma Tributaria una parte clave del éxito pasa por tener una implementación impecable. Y eso implica que los contribuyentes entiendan bien su funcionamiento, vean las facilidades que se le dan en el proceso de implementación y también la posibilidad de recibir comentarios y dudas».

La autoridad de Hacienda agregó que «creemos que la cancha pareja es importante para el desarrollo del país. El tema que nos lleva hoy día a hablar es el referente a la trazabilidad minera, que creo tiene un factor más importante que el resto porque Chile, y estoy convencido de eso, es y será en el futuro un país minero».

Por otro lado, el Director Nacional de Aduanas, Gonzalo Pereira, tras valorar la convocatoria y el trabajo conjunto con Cochilco y el Ministerio de Hacienda, explicó que la Reforma Tributaria abre un nuevo paradigma para Aduanas al abordar también las exportaciones. «La Reforma Tributaria introduce cambios relevantes al crear el delito de exportación y, además, entregar mayores facultades a Aduanas para requerir y controlar la información otorgada por los importadores y exportadores en relación al valor».

Para los nuevos roles, agregó Pereira, Aduanas preparó y emitió diferentes resoluciones y oficios que aplican al ámbito minero, así como también adecuaciones en el área de organización, infraestructura y dotación principalmente en Valparaíso y Antofagasta, para enfrentar esos desafíos y atribuciones. Aduanas, en todo caso, en mayo del 2014 ya había emitido la Resolución N°2941 que establece mecanismos de control en las exportaciones de concentrados de cobre que reemplazó a otro instrumento emitido hace ya casi 10 años, pero que de esta forma se pretende actualizar las instrucciones administrativas. La Resolución N°7258 del 26 de diciembre de 2014 vino también a complementar estas instrucciones.

El vicepresidente ejecutivo de Cochilco, Sergio Hernández, hizo hincapié en que la nueva normativa mejora la fiscalización «y con ello se legitima aún más la actividad exportadora». Citó como ejemplo la antigua aspiración ciudadana en torno a saber el contenido de los concentrados de cobre y los minerales que posteriormente se podrían recuperar y no declarar, ahora gracias al fortalecimiento de Aduanas y de Cochilco la revisión documental, contractual y física entregará más certeza».

La Reforma Tributaria introduce cambios normativos y operacionales tanto en Cochilco como en Aduanas, los cuales pretenden potenciar la fiscalización y el control de las exportaciones, las capacidades analíticas, la fiscalización física y mejorar los procedimientos ligados a la fiscalización de valores a través del Informe de Variación del Valor (IVV).

En particular en Cochilco, el Fiscal de la Institución, Alex Matute Johns, explicó que la Reforma Tributaria dota a Cochilco de las herramientas jurídicas para el cumplimiento de su función, y explicita la facultad de sancionar el no ingreso o ingreso extemporáneo o incompleto de los términos esenciales de los contratos que den origen a las exportaciones de cobre y de sus subproductos.

 Stock Pile

Acopio de Concentrado de Cobre en el Stock Pile del Puerto de Minera Esperanza (actual Minera Centinela)

Fortalecimiento de Cochilco

La Directora de Fiscalización de Cochilco, Sonia Esturillo Herrera, explicó que además del fortalecimiento del control de las exportaciones mineras mediante la Reforma Tributaria, en Cochilco se están realizando una serie de adecuaciones para contribuir a dicho objetivo, tal como aumentar la dotación de fiscalizadores, desarrollar una red de fiscalización minera, propender al registro de exportadores a través del sitio web de Cochilco, a la recepción de los antecedentes que conforman la documentación de respaldo de los Informes de Variación de Valor (IVV) en forma electrónica y a efectuar la validación automática de los IVV junto al fortalecimiento metodológico de la función fiscalizadora mediante el desarrollo e implementación de nuevos instrumentos de fiscalización, entre otros.

Por otro lado, en el Seminario organizado en el mes de marzo pasado en la Cámara de Comercio de Santiago, expuso el Asesor Legal y de Política Tributaria del Ministerio de Hacienda, Ricardo Guerrero, sobre el marco general de la Reforma Tributaria. Luego, la jefa de Normas Generales de la Subdirección Técnica de la Dirección Nacional de Aduanas, Gabriela Landeros, ofreció la charla «Impacto de la Reforma Tributaria en la Aduana» en que otras aspectos mencionó que en el artículo 69, referido a la Duda Razonable -que es la facultad del SNA de pedir información adicional cuando existen dudas respecto al valor, exactitud o veracidad de lo que se declara- se incorporan plazos para que el exportador entregue la documentación adicional requerida, como también se establece el periodo para que la Aduana pueda formular cargos.

En el caso del artículo 70bis, de Informe de Variación del Valor, se otorga rango legal a la facultad del Director Nacional de señalar los plazos, condiciones y la forma en que deben declarase el valor definitivo de las exportaciones. “Es una modificación emblemática ya que en un análisis con el SII vimos que la variación del valor en los informes definitivos que se entregaban, por ejemplo en el cobre, mostraban un alto porcentaje de evasión tributaria, no del impuesto aduanero, sino en el impuesto a la renta referido a las utilidades de esas empresas”. De esta manera las principales resoluciones que abordan las exportaciones mineras asociadas a las Reforma Tributaria son: Procedimiento de duda razonable, autodenuncia e Informe de Variación de Valor.

 Procedimiento duda razonable

Se sustituyen los incisos segundo y tercero, y se incorporan el inciso cuarto y quinto a este artículo. Dichas modificaciones tienen por objeto perfeccionar el procedimiento actual por el cual el SNA formula, en una declaración de destinación aceptada a trámite, una duda sobre la veracidad y exactitud del valor declarado, o de los documentos presentados que le sirven de antecedente. En virtud de lo anterior, por Resolución N° 7194 de 22.12.2014 del DNA, se modificaron los numerales 5.2 y 5.5 del Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras, estableciendo un nuevo procedimiento ajustado a la nueva normativa del referido Artículo 69 de la Ordenanza. Vigencia, desde el 1° de enero de 2015.

 Autodenuncia

Se sustituye el contenido del artículo 177, estableciendo de manera imperativa la obligación para el SNA de no formular denuncia a quien incurra en una contravención aduanera de aquellas referidas en los artículos 173 al 176, siempre que se pusiere el hecho en su conocimiento antes de cualquier procedimiento de fiscalización y se pagaren los derechos aduaneros correspondientes.

Por lo anterior, se amplían los casos en que los administrados pueden autodenunciarse por una contravención aduanera, en la medida que se dé cumplimiento a las condiciones que la norma establece. En virtud de esta modificación, el DNA por Resolución N° 7303 del 30.12.2014 instruyó a las Aduanas sobre la aplicación de esta nueva normativa. Vigencia, desde el 1° de enero de 2015.

Informe de Variación de Valor (IVV)

Un aspecto considerado relevante en la Reforma Tributaria para mejorar los controles y la fiscalización de la evasión y elusión y de esta manera mejorar la recaudación apunta a que los organismos fiscalizadores cuenten con más, mejor información. En este sentido, el Proyecto de la Trazabilidad Minera tiene como una de sus líneas centrales el que los Servicios Fiscalizadores de la Minería del Cobre cuenten con información oportuna y de calidad para la correcta fiscalización de esta actividad.

Para ello, entre otras medidas, en la Reforma Tributaria se ha establecido, por una parte, reconocimiento legal a la obligación de presentar IVV para las operaciones de exportación distintas de a firme y por otra, mayores sanciones para quienes incumplan con la obligación de tramitar los IVV ante el SNA y de entregar la información de los contratos a COCHILCO. Lo anterior ha sido impactado en la normativa aduanera mediante la dictación de la Resolución Exenta N° 7213 de 23/12/2014. Vigencia, desde el 1° de enero de 2015.

Catodos

Cátodos de cobre en Puerto Angamos – Mejillones – Región de Antofagasta

Acá puede ver la Resoluciones

Resolución 2941 280514

Resolución 7258 261214

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