La RIAL es un sistema de intercambio rápido de información, entre los servicios públicos con responsabilidad en eventos de inocuidad en los alimentos para el consumo humano o para consumo animal presentes en el mercado nacional o exportado a terceros países y tiene por objetivos contribuir a una rápida gestión de los eventos por parte de los servicios competentes para garantizar la salud de los consumidores y dar una oportuna respuesta a notificaciones recibidas de terceros países.
El Reporte de Notificaciones 2015 da cuenta de los eventos de inocuidad alimentaria registrados durante 2015 en la RIAL, así como un detallado análisis desde el punto de vista del origen de las notificaciones, tipos de peligros y categorías de alimentos entre otros. Además, en esta versión, se incluye un análisis comparativo de la evolución de las notificaciones entre los años 2013 y 2015. En el contexto del análisis de las notificaciones recibidas del exterior, este año se introduce el indicador denominado Tasa de Notificaciones, el cual relaciona la cantidad de notificaciones registradas en la RIAL provenientes del exterior con el volumen de alimentos exportados por rubro.
De acuerdo a lo señalado por el Secretario Ejecutivo de ACHIPIA, el Sr. Michel Leporati, “en esta tercera entrega, junto con proporcionar un completo informe de las notificaciones registradas durante el año pasado, hemos incluido un análisis comparado de la evolución de éstas para el período 2013-15, el que se presenta considerando cifras de exportaciones de alimentos, así como las principales actividades de control de alimentos que llevan a cabo en Chile los servicios competentes”.
Al 31 de diciembre de 2015 se registraron un total de 121 notificaciones en la plataforma RIAL, de las cuales 120 correspondieron a alimentos para consumo humano y 1 a alimentos para consumo animal. Lo anterior representa una disminución de 18% en relación al año 2014 y un aumento de 23% en relación al año 2013. Sin embargo, en los 3 años que se tiene registro de notificaciones, se ha mantenido la tendencia de un mayor número de notificaciones en alimentos para consumo humano.
Durante el año 2015, las notificaciones correspondientes a peligros químicos fueron 66, las correspondientes a peligros biológicos 23, y las asociadas a otros peligros y peligros físicos fueron 22 y 10, respectivamente. Esta distribución es muy similar respecto de lo observado los años 2013 y 2014, sin embargo, llama la atención el aumento que se ha verificado en las notificaciones clasificadas en otros peligros.
En 2015, un 55% de las notificaciones en alimentos para consumo humano correspondieron a peligros químicos, seguido de peligros biológicos y otros peligros con un 18% respectivamente. Lo anterior, mantiene la tendencia observada en los años 2013 y 2014, sin embargo, se registró un aumento en las notificaciones de otros peligros y una disminución de peligros físicos
Notificaciones de peligros químicos
Para el caso de los eventos correspondientes a peligros químicos, en 2015 se registraron 31 notificaciones por presencia de residuos de plaguicidas no autorizados, todas con origen en Chile, seguido de plaguicidas que exceden límites con 26 notificaciones, 24 de éstas reportadas en el exterior y 2 en Chile. En tercer lugar, aparecen 6 notificaciones por presencia de aditivos en niveles sobre los permitidos, 2 por micotoxinas y 1 por presencia de metales pesados. Se observa que en 2015 se mantiene la tendencia de años anteriores, ya que la mayor cantidad de notificaciones corresponde a las categorías de plaguicidas no autorizados y plaguicidas que exceden límites. Por otra parte, se observa una importante disminución en las notificaciones por presencia de metales pesados y un aumento en las notificaciones por presencia de aditivos sobre los límites permitidos.
Peligros Químicos
Dado que una de las mayores cantidades de notificaciones que se han registrado en la RIAL entre 2013 y 2015 han correspondido a las categorías peligros químicos se aborda con más detalle los principales peligros notificados en estas categorías, en los ámbitos normativos, de gestión, control y vigilancia llevados a cabo por las instituciones que componen el Sistema Nacional de Inocuidad y Calidad Alimentaria
En cuanto a los peligros químicos notificados en la RIAL, la mayor cantidad de notificaciones durante el periodo 2013 a 2015 corresponden a detecciones de plaguicidas por sobre los límites máximos de residuos (LMR) y detecciones de plaguicidas no autorizados en frutas, razón por la cual en las siguientes secciones se profundizan ambos temas.
Plaguicidas
Los plaguicidas son compuestos que se utilizan para la protección de los cultivos contra plagas y enfermedades para asegurar la cosecha y permitir el suministro de alimentos a la población. Estos productos contienen principios activos, de naturaleza química o biológica, los que pueden distribuirse en el medio ambiente y resultar nocivos para plantas y animales.
Desde el punto de vista del riesgo a la salud de los consumidores, se debe considerar que en algunos casos pequeñas cantidades de estos compuestos, es decir residuos, pueden llegar directa o indirectamente a los alimentos que consumimos, los que potencialmente pueden ser perjudiciales para la salud si sobrepasan ciertos límites. Aún así, se debe asegurar que la cantidad de residuos sea la más baja posible para un consumo seguro.
Límites Máximos de Residuos de Plaguicidas (LMR)
La mayoría de los países establecen LMR en plaguicidas para resguardar la salud de los consumidores y para promover las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA). A nivel internacional, los LMR establecidos por el Codex Alimentarius para plaguicidas en distintas matrices alimentarias son una referencia adoptada por muchos países del mundo. En Chile la normativa vigente que fija tolerancias máximas de residuos de plaguicidas en alimentos la establece el MINSAL en la Resolución 33/10 y sus modificaciones posteriores. Los LMR contenidos en la normativa nacional son adoptados principalmente del Codex. El Codex Alimentarius define LMR como la concentración máxima de residuos de un plaguicida (mg/kg de alimento), cuyo uso la Comisión del Codex Alimentarius recomienda se permita legalmente en la superficie o la parte interna de productos de alimentación para consumo humano y de piensos. Los LMR se basan en datos de BPA y tienen por objeto lograr que los alimentos derivados de productos básicos que se ajustan a los respectivos LMR sean toxicológicamente aceptables.
El proceso de establecimiento de LMR para plaguicidas tiene tres etapas fundamentales:
• Evaluaciones toxicológicas tanto de las sustancias activas como de sus residuos, a través de los cuales se establecen los parámetros toxicológicos fundamentales: la Ingesta Diaria Admisible (IDA) y la Dosis de Referencia Aguda (DRA). El valor de estos parámetros es único para cada compuesto y es reconocido internacionalmente por las agencias evaluadoras de riesgo.
• Estudios supervisados de residuos en los cultivos a nivel de campo, de acuerdo a las recomendaciones de uso (BPA).
• Evaluaciones de riesgo dietario al consumidor. En esta etapa se evalúa si la ingesta de residuos de plaguicidas derivado del consumo de alimentos exceden o no los parámetros toxicológicos antes mencionados.
En base a los antecedentes toxicológicos, los resultados de comportamiento de residuos en los estudios de campo y la evaluación de exposición dietaria, se propone un LMR específico para un producto. En esta etapa se aplican factores de seguridad y se consideran las características de grupos vulnerables de la población tales como infantes, embarazadas y tercera edad. En general, los LMR establecidos otorgan márgenes que permiten que no se exceda el valor de la IDA. De acuerdo a lo anterior, se debe entender que los valores de LMR no son límites toxicológicos.
Dado que las recomendaciones de uso de los plaguicidas (BPA) varían de acuerdo a los países y los cultivos, y que por otro lado los patrones o hábitos de consumo de alimentos por parte de la población también son dinámicos, es común que los valores de LMR sean diferentes entre los países. Cabe destacar que en general los LMR se establecen sólo para alimentos primarios de origen vegetal o animal, en los cuales ha habido un uso directo o indirecto del plaguicida. Para productos procesados, salvo que se indique lo contrario, se aplican los LMR de la materia prima utilizada en su elaboración.
Autorización de uso de plaguicidas
El uso de plaguicidas en Chile está regulado por el Servicio Agrícola y Ganadero a través de la Resolución 3670/99. En el proceso de autorización se evalúa íntegramente una serie de datos técnicos respecto de cada producto, verificando sus riesgos, su comportamiento en distintas áreas, así como su eficacia. En este proceso, además, se establecen las condiciones para su uso y la etiqueta respectiva. En este sentido, se debe destacar que Chile adhiere a una serie de acuerdos internacionales en materia de plaguicidas y sustancias peligrosas, tales como el Código internacional de conducta para el manejo de plaguicidas de la FAO, el Convenio de Rotterdam, el Convenio de Estocolmo, el Protocolo de Montreal y el Convenio de Basilea.
En virtud de lo anterior, en Chile no está autorizado ningún plaguicida que esté prohibido internacionalmente. Cuando se menciona la detección de residuos de plaguicidas no autorizados, se refiere a que el compuesto en cuestión no está autorizado para ser utilizado en un cultivo en particular y no quiere decir que se trate de un producto prohibido nacional o internacionalmente.
Para la verificación del cumplimiento de estas normativas, tanto el SAG como el MINSAL realizan programas de monitoreo, vigilancia o control de residuos de plaguicidas en alimentos, especialmente en frutas y hortalizas (ver Capítulo 3).
En el gráfico a continuación se observa que las notificaciones por presencia de plaguicidas no autorizados han fluctuado entre 21 y 41 notificaciones durante el periodo 2013 a 2015, siendo la gran mayoría de éstas verificadas en Chile como resultado de las actividades del Programa de Monitoreo de Residuos de Plaguicidas en productos hortofrutícolas del SAG. Si consideramos que en el año 2015 en este programa se analizaron 2.209 muestras, el nivel de cumplimiento de la normativa de autorización de plaguicidas supera el 99%.
En el caso de las notificaciones por plaguicidas que exceden límites, estas han fluctuado entre 2 y 12 notificaciones en Chile, y entre 3 y 47 notificaciones en el exterior en el mismo período. En el caso de Chile, corresponden a notificaciones por presencia de residuos de plaguicidas que transgreden la normativa chilena de LMR y que han sido detectadas en los programas de monitoreo, vigilancia y control de los Servicios públicos. Considerando que en 2015 se realizaron un total de 2.939 análisis para residuos de plaguicidas en los programas del SAG y del MINSAL (ver capítulo 3), los niveles de cumplimiento de la normativa nacional de LMR superan el 99% de las muestras analizadas.
Las 24 notificaciones por plaguicidas que exceden límites provenientes del exterior, corresponden a transgresiones de las normas de LMR en los mercados de destino verificadas en actividades oficiales de control de alimentos de las autoridades competentes correspondientes. En este sentido, si se toma en cuenta que en 2015 Chile exportó frutas frescas a más de 100 países en los 5 continentes por un volumen mayor a los 2,4 millones de toneladas, dicha cantidad de notificaciones da cuenta del alto grado de cumplimiento de las normas internacionales de LMR por parte de la industria chilena de fruta de exportación.
Descargue aquí el Informe Completo : Informe final Laboratorios
Fuente : ACHIPIA