SISS desarrolla auditoría al proceso de continuidad de los servicios de agua potable y alcantarillado

Conforme al modelo de fiscalización aplicable al sector sanitario basado en el autocontrol, la SISS analiza anualmente la información referida a la calidad del servicio proporcionada por las empresas. Adicionalmente, efectúa auditorías a esta información con el fin de asegurar su validez, esto es que la información sea completa y veraz.

Con el propósito de validar la información entregada por las empresas sanitarias respecto de la calidad de servicio que entregan a sus clientes, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) se encuentra realizando una auditoría al proceso de continuidad del servicio de agua potable y de aguas servidas, a las empresas Aguas Araucanía S.A. (Región de La Araucanía), ESSBÍO S.A. (Región del Bío Bío) y Sembcorp Aguas Chacabuco (Región Metropolitana).

Dentro de la información requerida por la SISS, hay aspectos que son reconocidos mundialmente como válidos para medir calidad de servicio de las empresas concesionarias de los servicios de agua potable y alcantarillado. Para este caso el objetivo de la auditoría, es validar la información entregada por las empresas sanitarias respecto de la continuidad del servicio de agua potable y de alcantarillado, es decir, cortes e interrupciones de suministro así como las obstrucciones de colectores, de manera de asegurar que esta información sea completa, veraz y registrada de acuerdo a las instrucciones emanadas de la SISS.

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Esta información es utilizada para fiscalizar el cumplimiento normativo por parte de los prestadores, ya que se cursan sanciones por cortes reiterados, focalizar la fiscalización por parte de la SISS a nivel nacional y contribuir a la transparencia y conocimiento del sector sanitario por parte de la sociedad. Por lo tanto, es indispensable auditar la información entregada por las empresas de modo de asegurar que ingrese al registro toda la información capturada en origen, asegurar la exactitud de la información ingresada al registro y asegurar con un elevado nivel de confianza que a la SISS se envíe el registro completo.

De acuerdo a la Ley, las empresas sanitarias deben garantizar la continuidad del servicio de agua potable, la que sólo podrá verse afectada por razones de fuerza mayor calificadas únicamente por la SISS, o debido a interrupciones programadas e imprescindibles para la prestación del servicio, lo que deberá ser comunicado a los clientes con a lo menos 24 horas de anticipación. Dentro de la información que se revisa, se encuentra el tipo de discontinuidad de servicio, la cantidad de clientes afectados, la duración de los eventos, entre otros.

Para la continuidad del servicio de alcantarillado, la ley indica que el prestador debe mantener disponible sin interrupción la red pública para la evacuación de aguas servidas proveniente de los inmuebles, de modo tal que no se produzcan inundaciones, filtraciones y daños, salvo fuerza mayor o desperfectos causados por el mal uso por parte de los clientes. Entre los aspectos que se revisan se encuentran los clientes afectados, la duración de los eventos, el tipo de evento, si este produjo algún afloramiento, entre otros

Una vez terminado el estudio, la SISS adoptará medidas e instrucciones con la finalidad que las empresas sanitarias mejoren tanto la calidad en los registros como la calidad de servicio, en aquellos sectores críticos relacionados con la continuidad de los servicios de agua potable y de alcantarillado.

Fuente : SISS